El golpe de la pandemia y las cuarentenas va quedando atrás, y la gastronomía resurge. Abren locales nuevos, se ven bares y restaurantes trabajando a pleno, y también reaparecen las dudas y discusiones sobre cuáles son los derechos del consumidor cuando sale a comer.
Tener que entrar al negocio para ver un menú, sorprenderse con recargos inesperados o abonar el "servicio de mesa" sin recibir nada a cambio son algunas de las situaciones que no deberían ocurrir, según normas vigentes en la Ciudad de Buenos Aires.
También incurren en infracciones, por ejemplo, los comercios que obligan a pagar en efectivo, los que permiten fumar adentro, los que no tienen baños accesibles o no facilitan llevarse la comida sobrante.
A continuación, ocho derechos básicos de los consumidores en los bares y restaurantes, las normas que los fundamentan y cómo hacerlos cumplir.

1. Los precios, a la vista al entrar y en la mesa
Restaurantes, bares y confiterías pueden fijar los precios que deseen, pero la ley porteña 4.827 los obliga a informarlos muy claramente, para que antes de ordenar o incluso antes de entrar el cliente sepa exactamente cuánto deberá pagar, sin tener que preguntar y sin sorpresas.
“En la Ciudad, los restaurantes deben cumplir con el derecho a la información mediante la exhibición de la carta ubicada al ingreso del local y en la mesa”, confirmó a Clarín Vilma Bouza, directora del organismo porteño de Defensa al Consumidor. “Se deben informar los precios de todos los platos y los cargos adicionales que el restaurante pretenda cobrar”, añadió.
¿El mismo plato puede tener valores diferentes en un mismo lugar, según el momento? Sí. Pero, según la norma, "las variaciones de precios, cualquiera sea el motivo que las origine (lugar, horario, espectáculo), deberán hacerse conocer en forma destacada en todos los listados."
¿Y pueden cobrar adicionales por compartir un plato">