El domingo 11 de mayo en la provincia de Chaco se llevarán a cabo elecciones para renovar 16 bancas de diputados provinciales, la mitad de la Legislatura chaqueña.
Como ocurre en cada jornada electoral, las autoridades provinciales recuerdan a la ciudadanía la importancia de un voto libre y transparente. Es por eso, que ante cualquier conducta que atenta contra el sistema democrático, también advierten que existen mecanismos de denuncia ante posibles fraudes o delitos electorales.
Es importante que la ciudadanía conozca sus derechos y sepa cómo actuar ante posibles irregularidades, como por ejemplo el fraude o delito electoral.
Qué se considera fraude o delito electoral en Chaco
El Código Electoral Nacional detalla una serie de conductas que están prohibidas y que pueden ser sancionadas con multas, inhabilitación o incluso penas de prisión. Entre las más comunes se encuentran:
Proselitismo indebido: está prohibida la propaganda política desde 48 horas antes del inicio de la elección.
Publicidad oficial fuera de plazo: los actos de gobierno no pueden publicitarse en tiempos de campaña.
Publicación de encuestas o proyecciones: no se pueden difundir sondeos durante el mismo período de veda.
Portación de armas y exhibición de símbolos partidarios: no están permitidos cerca de los lugares de votación.
Reunión de electores y depósito de armas: Todo propietario de un inmueble ubicado dentro de un radio de 80 metros del lugar donde se celebra el comicio, al igual que los inquilinos u ocupantes —habituales o circunstanciales—, podrá ser sancionado si no informa de inmediato a las autoridades el día del acto electoral.
No concurrencia de autoridades de mesa sin justificación válida.
Obstaculización del traslado de urnas y documentos electorales: detención, demora y obstaculización por cualquier medio a los correos, mensajeros o encargados de la conducción de urnas receptoras de votos documentos u otros efectos relacionados con una elección.
Expendio de bebidas alcohólicas: El día de la elección, se impondrá prisión de quince días a seis meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.
Falsificación de documentos: incluye falsificación de formularios y documentos electorales.
Violación del secreto del sufragio: revelación del voto en el momento de emitirlo.
Además, quienes falsifiquen padrones o actúen de forma maliciosa para obstruir el escrutinio pueden recibir sanciones severas, incluso la pérdida de sus derechos políticos por hasta diez años.
Cómo y dónde denunciar fraude electoral
La Fiscalía Nacional Electoral habilitó varios canales para que cualquier persona pueda denunciar delitos o faltas electorales de manera sencilla:
Presencialmente: Se puede acudir personalmente a la Fiscalía Federal N°1 de Resistencia ubicada en Marcelo T de Alvear 1491.
Telefónicamente: Al número, 0362-4416572/ 0362-4416040 los días de la elección y durante la semana posterior, de lunes a viernes de 9 a 13 hs.
Online: A través de los formularios disponibles en el sitio oficial de la Fiscalía Nacional Electoral.
Mirá también
Newsletter Clarín
Recibí en tu email todas las noticias, coberturas, historias y análisis de la mano de nuestros periodistas especializados
QUIERO RECIBIRLO